Normas y Regulaciones de la FCC en el Proceso de Subtitulaje

Análogo
http://ftp.fcc.gov/cgb/consumerfacts/closedcaption.html

Digital
http://hraunfoss.fcc.gov/edocs_public/attachmatch/DOC-273678A1.doc

Exenciones
http://www.fcc.gov/cgb/dro/exemptions_from_cc_rules.html

En 1996, El Congreso aprobó una ley que requiere que los distribuidores de programas de video (operadores de cables, programadores y distribuidores de satélites) incluyan subtitulaje para televidentes con discapacidad auditiva en sus programas de televisión. Se autorizó a La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) para crear reglamentaciones decretando dicha transición y reforzar la autoridad. Establecía puntos de referencia para un período de ocho años en toda la programación en inglés emitida por primera vez o a partir del 1 de enero de 1998.

Diferentes fechas para subtitulaje se aplican en la programación en español que haya sido creada antes de dichas reglamentaciones y que sea nueva.

"Nueva" Programación

A partir del 1 de enero de 2006, toda “nueva” programación en inglés -definida como programación análoga, publicada o emitida por primera vez en o después del 1 de enero de 1998, y toda programación digital emitida por primera vez en o después del 1 de julio de 2002- debe ser subtitulada, con algunas excepciones.

Programación "Prereglamentación"

Toda programación análoga emitida por primera vez antes del 1 de enero de 1998, y la programación digital emitida por primera vez antes del 1 de julio de 2002, es llamada "Programación Prereglamentación;" ésta debe ser subtitulada de la siguiente forma:
  • 1 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2007: 30% de la programación por canal cada tres meses.
  • 1 de enero de 2008 en adelante: 75% de la programación por canal cada tres meses.

Programación en Español

Debido a que el idioma español es relativamente nuevo para los proveedores de programación en español, la FCC les está permitiendo un período de tiempo mayor para ofrecer programación subtitulada.

Toda programación en español emitida por primera vez después del 1 de enero de 1998, debe haber sido subtitulada para el 2010, con algunas excepciones.

Las siguientes fechas se aplican a la "nueva" programación en español, o programación emitida después del 1 de enero de 1998:

  • 1 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2006: 900 horas de la programación por canal cada tres meses, o toda la "nueva" programación en español, sin exenciones, en dicho canal cualquiera que sea menor.
  • 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2009: 1.350 horas de la programación por canal cada tres meses, o toda la nueva programación en español, sin exenciones, en dicho canal, cualquiera que sea menor.
  • 1 de enero del 2010 en adelante: 100% de la programación, con algunas excepciones.

Para la "Programación Prereglamentación” en español (emitida por primera vez antes del 1 de enero de 1998), las siguientes fechas aplican:

  • 1 de enero de 2005 al 31 de diciembre de 2011: 30% de la programación por canal cada tres meses.
  • 1 de enero de 2012 en adelante: 75% de la programación por canal cada tres meses.

Exenciones en las Reglas de Subtitulaje

La Sección 79.1(d) del reglamento de La Comisión contiene varias exenciones a las reglas de subtitulaje. Esas exenciones son autoimplementadas, lo que significa que el proveedor no tiene que buscar la aprobación de La Comisión para dicha exención. A su vez La Comisión no "certifica" que el proveedor entre en una exención autoimplementada.

Si un programa o proveedor no cumple con los requisitos de las exenciones autoimplementadas y el subtitulaje fuese demasiado problemático, lo dirigimos a la Sección 79.1(f) y el proceso de búsqueda de una exención con dicho fin.

Con el propósito de determinar una conformidad con la Sección 79.1, cualquier proveedor de programación de video que cumpla con uno o más de los siguientes criterios deberá ser exento hasta el punto especificado:

(1) Programación sujeta a restricciones de subtitulaje contractual. La video programación sujeta a un contrato que tiene efecto durante o antes del 8 de febrero de 1996, pero no cualquier exención o renovación para dicho contrato, para la cual una obligación de proveer subtitulaje constituiría una infracción en el contrato.

(2) La video programación o los proveedores de dicha programación para los cuales los requisitos de subtitulaje han sido eliminados. Cualquier video programación o proveedores de dicha programación para el cual La Comisión ha determinado que un requisito para el subtitulaje impone muchas complicaciones con base a la petición para una exención presentada de acuerdo con los procedimientos especificados en el párrafo (f) de esta sección.

(3) Programación diferente al español o inglés. Toda programación cuyo audio sea en un idioma diferente al inglés o español, excepto la programación transcrita que puede ser subtitulada usando la técnica "electronic newsroom," no será exenta.

(4) Programación fundamentalmente textual. Video programación o porciones de ésta para la cual el contenido de la banda sonora es visualmente desplegado por medio de textos o gráficos (ejemplo: canales para horario de programas o anuncios de la comunidad).

(5) Programación distribuida tarde en la noche. La programación distribuida a los hogares entre las 2 a.m. y las 6 a.m., hora local. Distribuidores de video programación que proveen de un canal consistente en un servicio distribuido y exhibido con el fin de ser visto en más de un huso horario, será exento de subtitulaje para cualquier período continuo de cuatro (4) horas, comenzando no más temprano de las 12 a.m., hora local, y finalizando a más tardar a las 7 a.m., hora local, en cualquier locación en el cual dicho servicio se vaya a presentar. Esta exención se determina con base en las locaciones principales de recepción y restos aplicables, incluso si la transmisión es accesible y es distribuida y exhibida en otros husos horarios de modo secundario. Distribuidoras de servicios para video programación fuera de los 48 estados contiguos pueden tratarla como programación exenta, la cual estaría de esta forma bajo dicho párrafo, al ser distribuida en los estados contiguos.

(6) Anuncios promocionales entre programación y de servicio público. Material de anuncios promocionales entre programación y anuncios de servicios públicos cuya duración es de 10 minutos o menos.

(7) Programación ITFS. Video programación transmitida por un licenciado en Servicio Instructivo de Televisión Fija según el §§ 74.931(a), (b) o (c) de la reglamentación.

(8) Programación no relacionada con noticias producida y distribuida localmente con ningún valor repetido. Programación localmente producida por el distribuidor de la video programación, no tiene valor repetido, tiene poco interés local, no es programación de noticias y para la cual la técnica de "electronic newsroom" para el subtitulaje no está disponible. (Ver 58 de 1997 R&O y 57-61 de 1998.)

(9) Programación en nuevas programadoras. La programación en una programadora para videos los primeros cuatro (4) años, luego de comenzar operaciones, excepto la programación de una programadora para videos con menos de cuatro (4) años en operación desde el 1 de enero de 1998, estará exenta hasta el 1 de enero de 2002.


(10) Programación musical primaria no vocalizada. Programación que consiste principalmente en música no vocalizada.

(11) Casos por subtitulaje que excedan el 2% del ingreso bruto. A ningún proveedor de video programación le será requerido el invertir dinero para subtitular ninguna programación de video si dicho gasto excede el 2% del ingreso bruto recibido por ese canal durante el año previo.

(12) Canales produciendo ingresos por debajo de los $3.000.000. A ningún proveedor de video programación le será requerido gastar dinero para subtitular, y que haya producido ingresos brutos anuales menores de $3.000.000 durante el año previo, aparte de la obligación de pasar por la video programación ya subtitulada al recibo de ésta, según el párrafo (c) de esta sección.

(13) Programación educacional producida localmente. Programación instructiva producida localmente por las estaciones de televisión pública, para uso en grados Kinder-12 y escuelas de educación postsecundaria.